Declaración Universal de Derechos Humanos
El 10 de diciembre se celebra el Día de los Derechos Humanos. Se ha elegido esa fecha en conmemoración del 10 de diciembre de 1948, en que la Asamblea general de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos, con el voto de la gran mayoría de los 60 países que en ese momento integraban la Organización. Ningún país votó en contra, aunque algunos se abstuvieron por no haber llegado a un pleno acuerdo con la declaración de algunos derechos en particular. La Argentina, a través de su representante, como todos los países americanos, votó a favor de la Declaración. No resultaba para los países de América un gesto improvisado. En abril de ese mismo año, en la Conferencia de la Organización de Estados Americanos realizada en Bogotá, habían suscrito la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, de casi similar contenido que la Declaración Universal. La propuesta de formular una Declaración en que se acordaran los derechos que se deben reconocer a todas las personas, cualquiera sea su lugar de nacimiento, su característica étnica o su condición social, su edad o su sexo, estuvo presente ya en al crear la Organización de las Naciones Unidas, en 1945, en la Conferencia de San Francisco. Y la encontramos en germen en la Carta en que se acuerdan los principios básicos de la organización. Durante los tres años posteriores, se trabajó arduamente en la Comisión de Derechos Humanos, con la presidencia del jurista francés René Cassin, para la redacción de un texto que recogiera un acuerdo sobre los derechos que corresponden a los seres humanos, compartido por miembros de cualquier lugar de la Tierra, común a las diferentes culturas, creencias religiosas, sistemas políticos y modos diversos de organización económica y social. Por eso la propuesta se consultó a personas representativas de muchos lugares.
Adoptar una Declaración de Derechos Humanos no era un gesto absolutamente original. La iniciativa reconoce bastantes antecedentes en las constituciones y códigos de de la Antigüedad. Como ejemplos más cercanos en el tiempo se pueden enumerar la declaración de Derechos del hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Constituyente de Francia en 1789 o la Declaración de Derechos del buen Pueblo de Virginia, del 12 de junio de 1776, que fuera asumida por los Estados Unidos de Norteamérica al independizarse.
Una declaración de derechos humanos de valor universal no refleja ciertamente la situación sobre la vigencia de los derechos humanos en la realidad. La Asamblea de las Naciones Unidas la proclamó como “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, para que los individuos y las instituciones promuevan el respeto a estos derechos y libertades y aseguren su reconocimiento y aprobación universales y efectivos”.
A través de sus 30 artículos, la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma algunos principios fundamentales y consagra derechos que deben ser reconocidos a todos los seres humanos. Esta denominación de seres humanos representa una innovación en relación con las anteriores declaraciones, que se referían a derechos del hombre. La denominación de hombre pretendía ser genérica, pero reflejaba la concepción de una primacía de los varones. Por eso la Declaración Universal elige el término de seres humanos y afirma en su artículo primero que estos nacen libres e iguales dignidad y derechos. Afirma igualmente que de su condición de seres dotados de razón y de conciencia surge la exigencia de comportarse como hermanos los unos con los otros.
Luego de afirmar que estos derechos humanos se deben reconocer a todas las personas sin distinción ni discriminación alguna, la Declaración pasa a enumerar derechos que el desarrollo de la conciencia reconoce como propios de todos los individuos: la vida, la libertad, la seguridad personal; la prohibición de cualquier forma de esclavitud, de torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; el derecho a que se reconozca su personalidad jurídica, su posibilidad de acceder a la justicia para hacer valer sus derechos y que se le reconozcan las debidas garantías para no ser privados de libertad arbitrariamente. La Declaración también afirma el derecho al respeto de su honra y su privacidad; a circular libremente por su territorio, a salir de su país de residencia, a la libertad de pensamiento, de expresión, de manifestación de sus creencias religiosas; de reunión y de asociación. El derecho a tener una nacionalidad, al acceso a la propiedad individual y colectivamente, a casarse y formar una familia también son reconocidos. Incluso se proclama que la familia, como elemento natural y fundamental de la sociedad, tiene derecho a su protección por la sociedad y el estado. Se afirman los derechos de elegir el gobierno de su país y de ser elegidos para gobernar a varones y mujeres
La Declaración dedica también seis artículos al reconocimiento de derechos sociales: al trabajo, a condiciones dignas de labor, a la retribución suficiente para atender a condiciones dignas de existencia, al descanso y la recreación, a la alimentación el vestido y la vivienda; a la seguridad social; a la educación; a la atención de la salud y a participar de la vida cultural de la comunidad y del progreso científico. Reconoce que la vigencia real de los derechos exige un orden social e internacional justo y reclama también que cada persona cumpla responsablemente sus deberes como miembro de una comunidad.
En el mismo año de la Declaración Americana y la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Congreso argentino aprobó por ley la necesidad de reformar la Constitución Nacional, “para que los derechos del pueblo estén reconocidos de mejor manera en la Constitución”. En el texto constitucional surgido de la Convención Constituyente de 1949, se agregaron a los derechos civiles los derechos sociales del trabajador, de la familia, de la ancianidad de la educación y la cultura, así como los derechos de las personas ancianas. También se incorporó la garantía de habeas corpus, que está a su vez incluida en la Declaración Universal y en la Declaración Americana, al describirse el derecho a la libertad personal.
Actualmente la Constitución Nacional, luego de su reforma en 1994, reconoce que la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, como también otros tratados de Derechos Humanos, tienen jerarquía constitucional.
