7 de septiembre de 2025 -Elecciones en la provincia de Buenos Aires

¿ QUÉ ES IMPORTANTE SABER?

 

– Es una elección provincial. Las reglas con las que funcionan están establecidas por la ley electoral de la Provincia de Buenos Aires.

– Se vota utilizando boletas como en todas las elecciones  anteriores: una boleta  por cada lista de candidatos y por cada categoría. [La boleta única se utilizará en la elección nacional, de octubre.]

– Se eligen senadores y diputados para integrar la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires. Se renueva la mitad de cada cámara: 23 senadores y 46 diputados. En Morón, corresponde elegir 8 senadores/as titulares y 3 senadores/as suplentes, porque estamos en la Primera Sección Electoral (hay ocho en la Provincia).

– También elegimos doce concejales titulares y tres suplentes para integrar el Concejo Deliberante del  Municipio de Morón. Y cinco consejeros/as escolares titulares y cinco suplentes para integrar el Consejo Escolar de Morón.

– Hay dos boletas: una con los candidatos y candidatas a integrar la Cámara de Senadores de la Provincia y una con los nombre de los candidatos y candidatas para integrar el Concejo Deliberante y el Consejo Escolar. Si el partido o la alianza presenta candidatos y candidatas  para ambas instituciones sus dos boletas están unidas. Si se quiere elegir candidatos y candidatas  de una lista para la Cámara de Senadores y  de otra lista para  el Concejo Deliberante  y el Consejo Escolar, se corta la boleta y se deposita la que corresponde en el sobre. Si una agrupación presenta candidatos/as  sólo para una categoría (provincial o municipal), se puede agregar la boleta de una lista distinta para la otra categoría.

– ¡Atención!  La boleta con la que se vota en Morón, debe corresponder a este Municipio. Si se depositan boletas con el nombre de candidatos/as de otro distrito, el voto queda anulado.

 – Para votar, se debe figurar en el padrón. Si el nombre no figura, no se puede votar.

– Si el nombre figura en el padrón (la lista que se exhibe en la entrada al local de votación), no te pueden poner ningún obstáculo para votar.

– La persona con alguna discapacidad que le dificulte el acto de votar, debe contar con la asistencia necesaria para hacerlo.

En cada local de votación debe organizarse la asistencia para que todas las personas puedan votar: por ejemplo, trasladar la urna si hay dificultad para llegar porque el  lugar de votación está lejos o en otro piso; facilitar el apoyo de una persona acompañante si hay dificultad para ver o identificar la boleta elegida.

– Todas las personas están en los mismos padrones No hay padrón aparte ni mesa especial para extranjeras. Como es una elección provincial, el derecho a votar no tiene restricciones por la nacionalidad de la persona votante.

– La Junta Electoral bonaerense ha habilitado la consulta al padrón electoral, permitiendo a los ciudadanos y a las ciudadanas verificar su lugar de votación. En la página web: Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires se completan los datos ( DNI, género y código de seguridad) y se obtiene el lugar de votación.

 

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